Si Jalisco no define las peores formas de trabajo infantil no las erradicará

Versión para impresiónEnviar por emailPDF version
En el trabajo infantil avanza la informalidad

Jalisco no tiene definido cuáles son las peores formas de trabajo infantil, y mientras no lo haga no podrá avanzar en su eliminación, aseguró la maestra en sociología Patricia Murrieta, investigadora del Departamento de Políticas Públicas, del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas (CUCEA) de la Universidad de Guadalajara.
 
La Organización Internacional del Trabajo exhorta a erradicar ese fenómeno, en el cual se incluyen jornaleros agrícolas, la prostitución y la esclavitud. Ante esto, Jalisco debe analizar cuáles son dichas formas, prohibirlas y asentar eso en su legislación, agregó la académica en el marco del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, celebrado este 12 de junio.
 
Murrieta consideró que en México no existen datos certeros sobre la situación del trabajo infantil, el cual ha sido minimizado. Pero, además, no hay mucha claridad en los reportes, ya que algunas cifras son sobreestimadas, y en otros casos no se registran todas las actividades, como el trabajo doméstico y el informal, por citar algunos.
 
La investigadora del CUCEA dijo que en México hay una transformación en las áreas de trabajo infantil, ya que antes se daba más en la formalidad y ahora en lo informal. En primer lugar, no se ha resuelto la necesidad de enviar a los niños a trabajar, pero al establecer un límite de edad se vulnera a ciertos sectores.
 
Explicó asimismo que al momento en que la norma establece que ningún niño menor de 14 años puede trabajar, los que tenían derecho a laborar de forma legal con cierta protección, quedan desprotegidos, puesto que ya no estarán dentro de lo legal y las empresas no les brindan prestaciones y los siguen contratando, o bien las familias o los pequeños cambian a actividades informales o ilegales.
 
En el artículo 22 de la Ley Federal del Trabajo está prohibido el trabajo a menores de 14 años, y de aquellos que estén entre 14 y 16 que no hayan terminado su educación obligatoria. Según el artículo 23, los mayores de 14 años y menores de 16 requieren autorización de sus padres o tutores.
 
Ante este panorama, la especialista universitaria invitó a las autoridades a fortalecer cuatro acciones: la primera, recabar la información de acuerdo con las diferentes modalidades del trabajo infantil, “ese es un gran pendiente”; la segunda, legislar bien el trabajo realizado por los menores, “ya que hay vacíos muy grandes”; la tercera, sancionar a las empresas que contratan menores y la última, definir las peores formas de trabajo infantil.
 
Guadalajara, Jal., 11 de junio de 2013
Texto: Eduardo Carrillo
Fotografía: Internet
Edición de noticias en la web: Carlos Márquez García