Necesidad de cambios en las contralorías municipales

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Imparten conferencia magistral sobre “El papel de las contralorías municipales” en la Biblioteca Pública del Estado

Las contralorías municipales deberán dejar de ser órganos técnicos de una comisión colegiada y permanente de regidores, que sólo se encarga, bajo sus instrucciones, de auxiliar en asuntos básicos, de tareas como la revisión mensual de los informes de la tesorería municipal, la revisión de los créditos fiscales, la supervisión del gasto y la participación en campañas preventivas frente a la corrupción.

 

Lo anterior lo señaló el maestro Jorge Humberto Chavira Martínez, académico del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH), durante la conferencia “El papel de las contralorías municipales en los procesos de rendición de cuentas”, que impartió en la Biblioteca Pública del Estado “Juan José Arreola”, en la ceremonia de clausura del Congreso Internacional de Derecho Municipal.

 

En términos institucionales, una contraloría debilitada y encasillada en una figura jurídica inoperante no puede servir de herramienta eficaz para que los gobiernos se autoevalúen y, en ejercicio de retroalimentación, eviten observaciones de órganos fiscalizadores.

 

El académico universitario recalcó la importancia de la participación social como un derecho de las personas y de las organizaciones, a fin de evaluar las políticas públicas y participar en la toma de decisiones gubernamentales. “Cuando los ciudadanos juzgan o verifican las acciones de gobierno se le otorga la estatura real a la cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas”, dijo Chavira Martínez.

 

Una contraloría con enfoque social puede participar en escenarios diversos, desde la vigilancia del ejercicio del presupuesto hasta la promoción de observatorios ciudadanos y la distribución de contralores sociales en cada una de las dependencias, de tal suerte que los actos de corrupción se detecten de manera inmediata a través de sistemas básicos de vigilancia. “Se genera un clima de confianza ciudadana –abundó el académico–, se mantiene alerta a la población y se fortalece el trabajo institucional cuando sumamos el binomio gobierno-gobernado”.

 

Por su parte José Luis Meilán Gil, catedrático y ex rector de la  Universidad de La Coruña, subrayó que la autonomía municipal es el reconocimiento constitucional del núcleo de intereses propios de esa comunidad que tiene un territorio que se llama municipio. “Si no existe autonomía local, si no existe autonomía municipal, no existe realmente un municipio; existirá, en todo caso, una dependencia del estado como puede haber una unidad desconcentrada, descentralizada”.

 

Una manera sutil de debilitar la autonomía es concebir el municipio como un elemento de la ordenación territorial. Se adopta entonces un criterio funcional, y el carácter subjetivo del derecho de autonomía queda un poco relegado, en torno a ese funcionalismo.

 

Autonomía supone un poder normativo que no se reduce simplemente a ejecutar la norma establecida, la ley del estado o la de la federación. Para tener autonomía son necesarios elementos de defensa. “Si no hay una manera de defender jurídicamente la autonomía municipal estamos desestructurando, de manera importante, la naturaleza misma del municipio”.

 

Al evento se dieron cita el maestro Carlos Ramiro Ruiz Moreno, coordinador de posgrado de Derecho, de la Universidad de Guadalajara; y el licenciado Armando Morquecho Ibarra, síndico del Ayuntamiento de Zapopan, en representación del doctor Héctor Robles Peiro, presidente municipal zapopano.

 

Guadalajara, Jal., 22 de mayo de 2013
Texto: Martha Eva Loera
Fotografía: Abraham Aréchiga
Edición de noticias en la web: Lupita Cárdenas Cuevas